reunion

Presentación Forma “A” Balance General de Publicación para Instituciones Bancarias

División de Auditoría Tributaria

Socio
Mirnangela Salaya
16/8/2022
reunion
Forma “A” Balance General de Publicación
Circular N°SIB-II-GGR-GNP-05394 de la Sudeban

Circular N° SIB-II-GGR-GNP-05394 del 5 de agosto de 2022, relativo a la presentación en diarios nacionales y regionales tanto en medios impresos o digitales; así como en la página web de las instituciones bancarias, de la Forma “A” Balance General de Publicación establecida en el Manual de Contabilidad para Instituciones Bancarias.

 

En Circular N° SIB-II-GGR-GNP-05394 del 5 de agosto de 2022, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) informó a las instituciones bancarias, que en atención a la Circular N° SIB-II-GGR-GNP-07514 del 9 de septiembre de 2021, mediante la cual se confirió una excepción regulatoria temporal, en cuanto a la presentación de la Forma “A” Balance de Publicación, establecida en el Capítulo V “Estados financieros” del Manual de Contabilidad para Instituciones Bancarias.  Al respecto se resolvió extender el lapso de aplicación de la referida excepción regulatoria para la presentación de la Forma “A” Balance de Publicación, establecida en el Capítulo V “Estados financieros” en los mismos términos indicados en la citada Circular y en su anexo, a partir de los estados financieros del mes de julio de 2022 hasta el cierre del mes de diciembre de 2022.

 

En este sentido, durante la vigencia de esta medida para la publicación mensual, semestral y/o anual en diarios nacionales y regionales, tanto en medios impresos como digitales; así como, en la página web de la institución bancaria de la Forma "A" Balance General de Publicación, mensual y semestral, se debe suprimir de su estructura el detalle de los saldos de los grupos y cuentas que integran el rubro N° 300.00 "Patrimonio", tales como: N° 310.00 "Capital social", N° 311.00 "Capital pagado", N° 320.00 "Obligaciones convertibles en acciones", N° 330.00 "Aportes patrimoniales no capitalizados”, N° 340.00 "Reservas de capital", N° 350.00 "Ajustes al patrimonio", N° 360.00 "Resultados acumulados", N° 370.00 "Ganancia o pérdida no realizada en inversiones en títulos valores", N° 390.00 "(Acciones en tesorería)".  En consecuencia, se debe reflejar únicamente el saldo total del rubro
N° 300.00 "Patrimonio", quedando expresamente entendido que se mantiene el resto de la estructura instituida en el citado Capítulo V del Manual de Contabilidad para la referida Forma "A" Balance General de Publicación.

 

Por consiguiente, las disposiciones antes previstas deberán ser consideradas igualmente para los estados financieros auditados, correspondientes al ejercicio económico que culminará el 31 de diciembre de 2022.  La excepción regulatoria temporal indicada en la presente Circular no será aplicable  para los estados financieros, Forma "A" Balance General de Publicación, que deben ser enviados a la Superintendencia, vía electrónica mediante la transmisión al Sistema de Información Integral Financiero (SIF), de acuerdo con los lineamientos establecidos para ello, los cuales deben contener todos los rubros, grupos y cuentas incluidas en la citada Forma, tengan o no movimiento, manteniendo la estructura exigida en el Manual de Contabilidad para Instituciones Bancarias.