La Orden OMF 6410/2024 modifica el procedimiento de aplicación de la amnistía fiscal, tras las recientes actualizaciones legislativas. Las principales disposiciones son:
1. La ampliación de la amnistía para personas físicas: Podrán beneficiarse de la amnistía fiscal los deudores personas físicas que reciban liquidaciones de oficio para las rentas de 2019 y 2020;
2. El aplazamiento del pago de multas y costas judiciales: El aplazamiento del pago en vista de la cancelación también se aplica a las multas y costas judiciales, a excepción de las que resulten de delitos;
3. El fraccionamiento y la amnistía simultánea: Los deudores con fraccionamientos de pagos, incluidos aquellos con fraccionamientos entre el 6 de septiembre y el 25 de noviembre de 2024, podrán beneficiarse de la amnistía sin abonar todos los accesorios;
4. La cancelación de los accesorios para fondos europeos: Las principales obligaciones presupuestarias relacionadas con los fondos públicos nacionales correspondientes a los fondos europeos están incluidos en el ámbito de los accesorios que pueden cancelarse.
La Orden del Ministro de Hacienda no 6410 del 28 de octubre de 2024 ha sido publicada en el Boletín Oficial no 1089 del 31 de octubre de 2024.
2. El aplazamiento de la aplicación del nuevo sistema de impuesto sobre los bienes inmuebles mediante la OUG 124/2024
La Ordenanza de Urgencia del Gobierno no 124 de 23 de octubre de 2024 dispone el aplazamiento de la aplicación de algunas medidas en materia de impuesto sobre los bienes inmuebles.
La fecha de entrada en vigor de las reglamentaciones relativas al impuesto sobre edificios residenciales y no residenciales ha sido prorrogada hasta el 1 de enero de 2026 (de conformidad con lo dispuesto en la O.G. no 16/2022).
Dicha ordenanza marca el segundo aplazamiento de la reforma del impuesto sobre edificios, que originalmente debería haberse aplicado en 2023, luego ha sido aplazada hasta 2025 y ahora hasta 2026.
El impuesto para Personas Física y Jurídicas
La Ordenanza de Urgencia del Gobierno no 124 del 23 de octubre de 2024 ha sido publicada en el Boletín Oficial no 1069 de 24 de octubre de 2024.
3. El registro de los proveedores de servicios de pago sin residencia fiscal en Rumanía
La Orden del Presidente de la ANAF nº 6.508 establece el modelo del formulario (709) "Solicitud de registro para los proveedores de servicios de pago sin residencia fiscal en Rumanía", según el art. 321² párr. (2) de la Ley 227/2015.
Dicha orden responde a la necesidad de luchar contra el fraude en el ámbito del IVA en virtud de la Directiva (UE) 2020/284, que exige a los proveedores de servicios de pago controlar y transmitir información sobre los beneficiarios de los pagos transfronterizos que reciben más de 25 pagos por trimestre. Los datos estarán centralizados en el Sistema Electrónico Central de Información de Pago (CESOP) y podrán ser accedidos por los expertos antifraude a través de la red Eurofisc.
Los proveedores de servicios de pago que no tienen residencia fiscal en Rumanía deberán presentar el formulario 709 por medios electrónicos dentro de los 15 días siguientes al final del primer trimestre.
Después de la presentación, ANAF asignará un número de registro, que no es un código de identificación fiscal.
Asimismo, los proveedores que dejen de prestar servicios informarán a ANAF a través del formulario 709, marcando la sección “RENUNCIA”.
La Orden del Presidente de la ANAF no 6508 ha sido adoptada el 10 de octubre de 2024 y publicada en el Boletín Oficial no 1045.
4. Rumanía suspende el convenio de doble imposición con Rusia
El 14 de octubre de 2024, Rumanía ha suspendido la aplicación del Convenio fiscal con Rusia para evitar la doble imposición sobre la renta y el capital, firmado en 1993. La decisión ha sido formalizada mediante la Orden no 2.009/2024 del Ministro de Asuntos Exteriores.
La Orden no 2.009/2024 del Ministro de Asuntos Exteriores ha sido publicada en el Boletín Oficial, Parte I, no 1.027.
5. Nuevas medidas relativas al uso de cajas registradoras
Publicada y vigente a partir del 25 de octubre de 2024, la OUG 125/2024 introduce nuevas medidas y excepciones para los operadores económicos en relación con el uso de las cajas registradoras e introduce una nueva obligación de declaración fiscal.
Las principales modificaciones son:
1. Aplazamientos para la Implementación del Código QR en los Recibos Fiscales
Las sanciones (de 2.000 a 4.000 lei) por no imprimir el código QR en los recibos fiscales se suspenden hasta el 1 de septiembre de 2025, proporcionando a los operadores económicos tiempo adicional para su implementación;
2. Excepciones para las Estaciones de Carga de Vehículos Eléctricos
Las estaciones de carga de vehículos eléctricos que aceptan pagos exclusivamente con tarjetas bancarias o aplicaciones de billetera electrónica están exentas del uso de cajas registradoras;
3. Aplazamientos para Equipar las Máquinas Expendedoras con Cajas Registradoras
Los operadores que hayan celebrado contratos de compra de cajas registradoras, con fecha límite de entrega el 31 de diciembre de 2024, quedan temporalmente exentos de sanciones por incumplimiento.
A partir del 1 de enero de 2025, las entidades reguladas por la ASF comunicarán datos sobre los seguros de vida y otros productos financieros cada seis meses. La implementación de esta obligación se regulará mediante orden conjunta ANAF-ASF emitida en un plazo de 60 días.
La Ordenanza de Urgencia del Gobierno no 125 del 23 de octubre de 2024 ha sido publicada en el Boletín Oficial no 1073 de 25 de octubre de 2024.
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