Nuevas modificaciones legislativas en el mes de octubre

Nuevas modificaciones legislativas en el mes de octubre

Implementación del sistema nacional de facturación electrónica RO e-Factura

15/11/2021
Nuevas modificaciones legislativas en el mes de octubre
Referencias: OUG 120/2021, H 2071/2021, OUG 11/2021, OUG 110/2021, OUG 107/2021

 

  1. La Ordenanza de Emergencia 120/2021 sobre la administración, el funcionamiento y la implementación del sistema nacional de facturación electrónica RO e-Factura y factura electrónica en Rumanía

    La ordenanza tiene como objetivo la implementación de la factura electrónica, la administración, el funcionamiento y la gestión del Sistema nacional sobre la factura electrónica. Este sistema se aplica por opción, tanto para la contratación pública, como también en la relación entre operadores económicos. 

    La factura se define como la factura emitida, enviada y recibida en un formato electrónico tipo XML y que cumple con la norma europea SR EN 16931-1, que permite su tratamiento electrónico y automático.

    Es importante mencionar que, una vez elegida la aplicación de este sistema, todas las facturas en relación con el Estado y con otros operadores económicos respectivamente deberán emitirse a través de RO e-Factura.

  2. La Decisión 1071/2021 para establecer el salario básico bruto mínimo por país garantizado en pago (MO 950/2021)

    Según esta decisión, desde el 1 de enero de 2022, el salario básico bruto mínimo por país garantizado en pago, excluyendo bonificaciones y suplementos, pasará a ser 2.550 lei al mes, para un horario laboral normal. Teniendo en cuenta el valor actual del salario básico bruto mínimo por país garantizado en pago, es decir 2.300 lei, el aumento será de 250 lei. También se elimina el valor mínimo del salario bruto para el personal en puestos que requieren educación superior, con experiencia mínima de un año de trabajo en el campo de la educación.

  3. La Ordenanza de Emergencia 111/ 2021 para establecer medidas de protección social de los empleados y otras categorías profesionales en el contexto de la prohibición, suspensión o limitación de actividades económicas, determinadas por la situación epidemiológica generada por la propagación del COVID-19

    Esta ordenanza reintroduce, hasta el 31.12.2021, el pago de las prestaciones de paro técnico con fondos del presupuesto de los seguros de desempleo. Esto se aplicará:

    - durante el período de suspensión temporal del contrato de trabajo, a iniciativa del empleador, como consecuencia de los efectos del Covid-19,

    - durante la interrupción temporal de la actividad, en el contexto del aumento del número de casos de Covid-19 y la prolongación del estado de alerta,

    - durante el período de suspensión como resultado de investigaciones epidemiológicas, excepto a los empleados en baja por enfermedad y que reciben la indemnización correspondiente.

  4. La Ordenanza de Emergencia 110/2021 sobre la concesión de días libres pagados a los padres u otras personas en el contexto de la propagación del Covid-19

    Esta ordenanza reintroduce la posibilidad de conceder días libres a uno de los padres, con el fin de cuidar a los niños menores de 12 años, matriculados en un centro de educación primaria o secundaria o educación infantil, así como a los padres que cuidan a niños o adultos con discapacidad hasta 26 años, matriculados en un centro de educación. Esta medida se aplica durante el estado de alerta, hasta el final de los cursos del año académico 2021-2022, si los cursos que requieren presencia física son limitados o suspendidos y se otorgan solo en situaciones donde el teletrabajo o el trabajo a domicilio no es posible.

  5. La Orden 391/2021 sobre la aprobación del Procedimiento para la liquidación de los montos para el pago de la indemnización por cada día libre otorgado en las condiciones del art. 1 de la OUG 110/2021 sobre la concesión de días libres pagados a los padres y otras categorías de personas en el contexto del Covid-19

Esta orden aprueba el Procedimiento para la liquidación de los montos para el pago de la indemnización por cada día libre otorgado a los padres con el fin de cuidar a sus hijos en caso de limitación o suspensión de las actividades docentes, como consecuencia de la propagación del Covid-19. Para beneficiarse de esta liquidación, los empleadores presentan a las agencias de empleo un conjunto de documentos dentro de los 30 días siguientes a la fecha de pago de los contribuyentes e impuestos. Los documentos necesarios son: la solicitud, el listado de los empleados que se beneficiaron de los días libres y también la indemnización otorgada para ese período, las copias de nóminas y hojas de horas que demuestren el pago de la indemnización, la declaración de honor del empleador, el comprobante de pago de impuestos y contribuciones.

 

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