1. La facturación electrónica obligatoria a partir del 1 de enero de 2024
En fecha 27 de julio de 2023 ha sido publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, la Decisión de Ejecución UE 2023/1553 del Consejo de 25 de julio de 2023.
La decisión permite a Rumanía, a partir del 1 de enero de 2024, instituir la facturación electrónica obligatoria para todas las transacciones realizadas entre los sujetos pasivos establecidos en el territorio de Rumanía. Asimismo, se prevé que la utilización de facturas electrónicas no estará sujeta a la aceptación por parte del destinatario. La medida será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2026.
En el próximo período, las autoridades rumanas deberán establecer las categorías de operadores económicos que tendrán la obligación de emitir facturas electrónicas en la relación negocio a negocio (B2B) y transmitirlas a través del sistema nacional de factura electrónica RO e-Factura, así como la fecha a partir de la cual nacerá dicha obligación.
2. El procedimiento relativo a la regularización de la diferencia del impuesto redirigido adicionalmente para patrocinios
En el Boletín Oficial no 643 del 13 de julio de 2023, ha sido publicada la Orden de la Agencia Nacional de Administración Fiscal no 1090/2023 para la aprobación del Procedimiento relativo a la determinación y la regularización de la diferencia de impuesto que ha sido redirigida adicionalmente.
Le recordamos que en el supuesto de que, con posterioridad a la presentación del formulario 177 "Solicitud sobre la redirección del impuesto sobre sociedades/del impuesto sobre las rentas de las microempresas", el impuesto adeudado del ejercicio para el que se haya dispuesto la redirección se rectificará en el sentido de su reducción, y de que los contribuyentes hayan redirigido una cantidad superior a la que se podía redirigir, éstos adeudarán al presupuesto del Estado la diferencia de impuesto que haya sido redirigida adicionalmente.
Por lo tanto, por la presente Orden se concreta el mecanismo de determinación de la diferencia de impuesto que haya sido redirigida adicionalmente. En este sentido, se introducen dos nuevas posiciones en la Declaración 100, respectivamente:
3. El aumento del valor de los vales de comida
En el Boletín Oficial no 691 del 27 de julio de 2023, ha sido publicada la Ordenanza de Urgencia del Gobierno no 69/2023 conforme a la cual ha sido aumentado el valor nominal de un vale de comida.
A partir del 1 de agosto de 2023, el valor de un vale de comida puede ser de un máximo de 35 lei y, a partir del 1 de enero de 2024, aumentará a 40 lei y se mantendrá a este nivel hasta septiembre de 2024.
4. La aplicación del tipo reducido de IVA del 5% en la industria de la madera y en la industria energética
En el Boletín Oficial no 633 del 11 de julio de 2023, ha sido publicada la Ley 216/2023 que introduce una serie de modificaciones relativas a la aplicación del tipo reducido de IVA del 5% en la industria de la madera y en la industria energética.
a) La industria de la madera
Ha sido extendida la aplicación del tipo reducido de IVA del 5% tanto para la entrega de aserrín, desperdicios y desechos de madera, como para el uso de los mismos como combustible para calefacción, los cuales se encuentran comprendidos en los códigos NC expresamente previstos por la ley. El tipo reducido se aplicará tanto a la entrega a personas físicas, como a personas jurídicas u otras entidades, independientemente de la forma jurídica de organización, en base a una declaración responsable puesta a disposición del proveedor, que acredite su calidad de usuarios finales.
b) La industria energética
En lo que se refiere al tipo reducido de IVA del 5% para la entrega e instalación de paneles fotovoltaicos destinados a viviendas y edificios de la administración pública central o local, a edificios de las entidades que se encuentran bajo su coordinación/subordinación, con excepción de las sociedades mercantiles, se aclara que éste se aplica incluso a todos los componentes necesarios adquiridos por separado para dicho fin. Además, el tipo reducido de IVA se aplica de manera similar a las bombas de calor.
Asimismo, la aplicabilidad del tipo reducido de IVA del 5% se extiende a la entrega y/o instalación de componentes para la reparación y/o ampliación de estos sistemas, así como a la entrega de sistemas como parte componente o como opciones adicionales a la entrega de obras de construcción, para los destinatarios arriba mencionados.
Para beneficiarse del tipo reducido de IVA, los compradores tendrán la obligación de firmar una declaración responsable o, sólo en el caso de los compradores personas físicas, de firmar para la recepción de las mercancías en la factura en la que se menciona la dirección de la vivienda donde se instalarán los productos.
5. Las modificaciones de los Procedimientos de concesión de las ventajas fiscales en el sector agrario y en la industria alimentaria, así como en el ámbito de la construcción
En el Boletín Oficial no 607 del 3 de julio de 2023, ha sido publicada la Orden del Ministro de Hacienda Pública no 2044/2023 para la modificación y complementación del Procedimiento de concesión de ventajas fiscales en el ámbito de la construcción.
En el Boletín Oficial no 611 del 4 de julio de 2023, ha sido publicada la Orden del Ministro de Hacienda Pública no 2043/2023 para la modificación y complementación del Procedimiento de concesión de ventajas fiscales en el sector agrario y en la industria alimentaria.
Estas Órdenes tienen en cuenta la revisión de los Procedimientos de concesión de ventajas fiscales en el sector agrario y en la industria alimentaria, así como en el ámbito de la construcción, a fin de correlacionarlos con las modificaciones introducidas anteriormente mediante la Ordenanza del Gobierno no 16/2022 aprobada con modificaciones y complementaciones por la Ley 370/2022, y con las de la Ordenanza de Urgencia del Gobierno no 168/2022, respectivamente:
Además, en el caso de las ventajas fiscales concedidas para el ámbito de la construcción, a partir de los ingresos correspondientes al mes de enero de 2023, ha sido modificado el límite mínimo que representa el ingreso bruto mensual de salarios de 3.000 lei por mes a 4.000 lei por mes, inclusive.
6. La transposición de la Directiva de Movilidad al ordenamiento jurídico nacional
En el Boletín Oficial no 667 del 20 de julio de 2023, ha sido publicada la Ley 222/2023 por la que se transponen al ordenamiento jurídico nacional las disposiciones de la Directiva UE 2019/2121 (Directiva de Movilidad) en materia de operaciones transfronterizas de fusión, escisión y transformación.
Mediante esta Ley, se incluyen tres nuevos capítulos en la Ley de sociedades 31/1990, el capítulo IV denominado "Fusión transfronteriza", el capítulo V denominado "Transformación transfronteriza" y el capítulo VI denominado "Escisión transfronteriza", respectivamente.
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