2701251 - Seguridad Social

Decreto por el que se incorporan al régimen obligatorio del seguro social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de la Ley del Seguro Social, por razones humanitarias y de solidaridad social, a las personas mexicanas que sean repatriadas y a sus beneficiarios legales.

27/01/2025
2701251 - Seguridad Social

Se incorporan a las personas mexicanas que sean repatriadas de los Estados Unidos de América y a sus beneficiarios legales al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social, a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad, que comprenden la asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y obstétrica.

Estas prestaciones tendrán una duración de hasta tres meses y podrán terminar de manera anticipada, en caso de que ésta se incorpore a un empleo formal o decida incorporarse voluntariamente al régimen obligatorio.

El Instituto Mexicano del Seguro Social deberá identificar a la población beneficiaria del presente decreto, la modalidad de aseguramiento equiparable para el otorgamiento de dichas prestaciones, financiar los costos que se generen por el otorgamiento de las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad que se otorguen.

El Instituto Mexicano del Seguro Social deberá de establecer los mecanismos de compensación con los entes públicos que otorgan la atención médica a no derechohabientes, y aplicar aquellos previstos en la Ley del Seguro Social.

El Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto Nacional de Migración establecerán los mecanismos de coordinación necesarios para el cumplimiento del presente decreto.

A través de su Consejo Técnico, dentro de los 15 días naturales, a partir de la entrada en vigor del Decreto (es decir, a más tardar el 8 de febrero de 2025), emitir las reglas para la incorporación al ROSS de los repatriados y sus beneficiarios 

El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.