De acuerdo con las Disposiciones de Carácter General (DCG), aplicables según el tipo de Institución Financiera (IF) en materia de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, cada IF debe presentar dentro de los 60 días naturales siguientes al cierre del ejercicio que corresponda, el resultado del informe de auditoría realizado por el auditor interno o externo, dictaminando la evaluación y efectividad del cumplimiento a las DCG, así como del seguimiento al programa de acción correctiva que en su caso, resulte aplicable.
¿Qué debe incluir el informe de auditoría?
Es importante destacar, que el año pasado se publicaron los lineamientos para la elaboración del informe de auditoría para evaluar el cumplimiento de las disposiciones de carácter general en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, donde se detallan los elementos que los auditores deberán considerar en la elaboración del informe de auditoría respecto del cumplimiento a las DCG y se establece que el Auditor deberá elaborar este informe atendiendo una metodología.
Derivado de lo anterior, surge la necesidad para que las IF aseguren que el auditor interno o externo encargado de realizar la auditoría al cumplimiento de las DCG, cuente con una metodología que le permita cumplir con los lineamientos tanto en la forma como en el fondo.
¿Cómo podemos ayudarte a cumplir con estos Lineamientos?
En Crowe contamos con una metodología, donde se desarrollan los procedimientos que deberá aplicar el auditor, además de un Sistema de Gestión de Actividades Regulatorias (SIGAR) que permite lo siguiente:
Si tu empresa requiere de estos servicios especializados, acércate a nuestros expertos quienes te ayudarán a cumplir con los lineamientos para la elaboración de tu informe de auditoría en materia de PLD/FT.
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