De manera sorpresiva el día de hoy fue dada a conocer en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) la Primera Versión Anticipada de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024. Dicho documento es visible en el apartado de la página “Conoce las novedades normativas de:”
En dicha Versión anticipada se reforma el artículo Primero transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2024, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 11 de octubre de 2024 para establecer que por lo que hace a lo establecido en la regla 12.2.10 referente a la retención del IVA por parte de plataformas digitales de intermediación cuando los pagos se depositan en cuentas en el extranjero, la misma entrará en vigor a partir del 1º. de enero de 2025.
Los invitamos a consultar nuestra Circular Fiscal 20/2024 donde abundamos acerca de la referida regla 12.2.10. y sus repercusiones.
Cabe señalar que dicha versión anticipada, aún no ha sido publicada en el DOF, por lo que se espera su debida difusión en un tiempo razonable.