Madrid

Subvenciones para inversiones en explotaciones agrarias (Illes Balears)

Destinadas a intervenciones estructurales que mejoren la competitividad de las explotaciones agrarias

Crowe Spain
29/12/2021
Madrid

Subvenciones destinadas a intervenciones estructurales que mejoren la competitividad de las explotaciones agrarias y permitan asegurar el mantenimiento de un tejido socioeconómico estable, dinámico y atractivo. Estas explotaciones deberán recurrir a estrategias de optimización en el uso de los factores de producción, el aprovechamiento de las nuevas tecnologías, la orientación hacia productos de calidad reconocida, ofreciendo opciones a la diversificación de las producciones, y todo ello bajo la perspectiva de la mejora medioambiental, la seguridad laboral y el mantenimiento de las condiciones de higiene y bienestar animal.

 

Beneficiarios

  • Personas físicas, jurídicas o de titularidad compartida que tengan la consideración de agricultor activo, sean titulares de una explotación agraria que esté inscrita en el correspondiente Registro insular agrario de las Illes Balears (RIA), tengan una capacitación agraria suficiente, se comprometan a cumplir las normas exigibles en materia de medioambiente, higiene y bienestar animal, y se comprometan a mantener las inversiones realizadas durante al menos cinco años.

Modalidad e intensidad de la ayuda

 

Presupuesto total: 6.000.000 €.

  • La inversión máxima auxiliable para esta convocatoria será de 100.000 € por UTA y hasta 1.500.000 €.
  • La inversión máxima auxiliable para todo el periodo del actual Plan de Desarrollo Rural, por explotación, será de 1.500.000 €.
  • Para nuevas incorporaciones se tendrán en cuenta los ingresos previstos en el plan empresarial.
  • Los importes aplicables y los porcentajes de ayuda serán los siguientes:
  • Para agricultores profesionales o titulares de una explotación agraria prioritaria o las cooperativas de comercialización agraria: Del 40 al 60 % del total de la inversión.
  • Para agricultores no incluidos en el apartado anterior, la ayuda será del 65% de la que le correspondería a un agricultor profesional según el apartado anterior, con los incrementos y los máximos correspondientes.
  • Para agricultores que contemplen inversiones destinadas a reducir la contaminación por nitratos, la ayuda será del 60% para las explotaciones que se encuentren en zonas de montaña y del 40%, en el resto de zonas.
  • La inversión auxiliable debe tener un importe mínimo de 3.500 €.

Gastos subvencionables

  • Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
  • Compra o arrendamiento de nueva maquinaria y equipos.
  • Honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, estudios de viabilidad.
  • Adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisiciones de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
  • Costes de instauración de planes de gestión forestal e instrumentos equivalentes.
  • Adquisición de plantas de ciclo productivo superior a un año.
  • Inversiones en explotaciones agrarias que incluyan actuaciones en regadío.
  • Inversiones destinadas a cumplir normas de la Unión aplicables a la producción agraria.

Duración

  • La actuación subvencionada se debe realizar y justificar en el periodo comprendido entre la fecha de solicitud y como máximo el 1 de diciembre de 2025.

Plazo de presentación de la ayuda

  • 28 de febrero de 2022.

Organismo

  • Govern de les Illes Balears