5ª convocatoria con el objetivo de reactivar e impulsar las actividades de ocio nocturno en el territorio de Catalunya que se hayan visto afectadas por la Covid-19, después de la Resolución de 23 de diciembre, por la que se establecieron medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 en el territorio de Catalunya.
Beneficiarios
- Autónomos y PYMES titulares de un establecimiento de ocio nocturno (discotecas, salas de baile, salas de fiesta con espectáculos, bares musicales, karaokes y discotecas de juventud) que hayan sido obligadas al cierre de sus espacios.
- Excluidos: Empresas participadas en más de un 50% por capital público, las fundaciones, las entidades territoriales sin ánimo de lucro y los gremios, entidades sectoriales, establecimientos de actividades musicales de régimen especial y establecimientos públicos con reservados anexos.
Modalidad e intensidad de la ayuda
- Subvención.
- Será una aportación única por persona beneficiaria. El límite máximo de la ayuda recibida será:
- 15.000 € para establecimientos de menos de 10 trabajadores.
- 50.000 € para establecimientos de 10 o más trabajadores y aforo inferior a 1.300 personas.
- 120.000 € para establecimientos de 10 o más trabajadores y aforo de 1.300 personas o más.
Actuaciones subvencionables
- Locales y establecimientos con licencia o que hayan presentado la comunicación previa como discotecas, salas de baile, salas de fiestas con espectáculo, bares musicales, karaokes y discotecas de juventud.
Plazo de presentación de la ayuda
- Hasta el 4 de febrero de 2022.
Organismo
- Generalitat de Catalunya, Departament d'Empresa i Treball