El nuevo informe de auditoría contiene más información y describe con mayor detalle el trabajo realizado por el auditor y sus responsabilidades. Secciones como la de “Cuestiones Claves” o “Aspectos más relevantes” ofrecen información que se pone a disposición de los usuarios y que les indica todo lo necesario para entender los estados financieros sometidos a la auditoría de cuentas.
La aplicación y entrada en vigor de los nuevos requerimientos del informe de auditoría afectan a los ejercicios iniciados a partir del 17 de junio de 2016.
Cambios tanto en estructura como en contenido
El principal cambio, común para todas las empresas, lo tenemos en el orden de presentación de los párrafos, donde la “Opinión” junto con el párrafo de “Alcance” se muestran al principio del informe (anteriormente el párrafo de opinión se presentaba en la parte final del informe).
El segundo cambio es la inclusión de las “Cuestiones claves de la auditoría” que son aquellas que el auditor ha determinado como más importantes, de más especial interés y en las que más se centró durante el proceso de auditoría. También se deberá reflejar el modo en que ha tratado todas ellas, es decir, la respuesta de auditoría a las mismas.
El auditor debe determinar, de entre las cuestiones comunicadas a los responsables de gobierno, aquellas que han requerido atención significativa y estas serán las cuestiones clave a incluir en su informe. Para ello, el auditor debe tener en cuenta:
a) Las áreas de mayor riesgo valorado de incorrección material, o los riesgos significativos identificados de conformidad con la NIA-ES 315.
b) Los juicios significativos del auditor en relación con las áreas que han requerido juicios significativos de la dirección, incluyendo estimaciones contables con un alto grado de incertidumbre en la estimación.
c) El efecto en la auditoría de hechos o transacciones significativos.
Hay otros cambios como el nuevo apartado de “Otra información”, u otros apartados que sin ser nuevos tienen otro enfoque, como el apartado de “Empresa en funcionamiento”, u otros que recogen una mayor información y detalle como son los apartados que describen la “Responsabilidad de los responsables de gobierno en relación con la formulación de los estados financieros” y la “Responsabilidad del auditor con relación al encargo de auditoría”.
Distinción entre EIP y entidades no EIP
A partir de ahora se distinguirá entre dos tipos de informes según si se trata de una auditoría de una EIP o no. Las entidades que no son de interés público no incluirán el apartado de cuestiones clave, pero será sustituido por otro de “Aspectos más relevantes de la auditoría” y el auditor podrá tener en cuenta de forma voluntaria los apartados b) y c) anteriormente expuestos, en cuyo caso deberá aplicar todos los requerimientos que esta norma exige para las auditorías de EIP y la sección se denominará “Cuestiones clave de la auditoría”.
Además, es obligatorio para todas las entidades, dar una opinión sobre si el contenido del informe de gestión es conforme con lo requerido por la normativa que resulta de aplicación para su formulación.
Finalmente, con todas estas modificaciones de los informes de auditoría nos encontramos con un informe más enfocado al inversor que contiene más información, mayor trasparencia y transcendencia del trabajo realizado por el auditor y de las responsabilidades que tiene este respecto al encargo realizado.