2ª CONVOCATORIA; LINEA COVID-19 LA RIOJA
Ayudas directas para satisfacer la deuda y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos cuando éstos se hayan generado entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
Beneficiarios
- Empresarios y autónomos con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de La Rioja y cuyo volumen de operaciones anual declarado en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019.
- Los citados beneficiarios deberán estar adscritos a los sectores encuadrados en las Secciones de la A a la S de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) del RD 475/2007 que incluyen tanto los sectores de actividad definidos en el Anexo I del RD 5/2021, como aquellos que han visto particularmente afectada su actividad en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Plazo de presentación de la solicitud
- 14:00 horas del 25 de octubre de 2021.
Modalidad e intensidad de la ayuda
- Presupuesto total: 10.000.000 €.
- Importe máximo de la ayuda solicitada: 200.000 €.
Conceptos subvencionables
- Ayudas directas aplicadas a satisfacer la deuda y a realizar pagos a proveedores y otros acreedores, financieros y no financieros, así como a compensar los costes fijos incurridos.
Principales requisitos y condiciones de elegibilidad de los destinatarios
- Domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el caso de empresarios y autónomos cuyo volumen de operaciones haya sido inferior o igual a 10 MM € y no apliquen el régimen de grupos en el Impuestos sobre Sociedades; o tener establecimiento operativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja en el caso de los grupos, empresarios o entidades cuyo volumen de operaciones en 2020 haya sido superior a 10 MM € y que desarrollen su actividad en más de un territorio o Ciudad Autónoma.
- Haber realizado en 2019 y 2020 al menos una de las actividades previstas en los códigos CNAE, y continuar el ejercicio en el momento de la solicitud.
- Mantener la actividad hasta el 30 de junio de 2022, no repartir dividendos durante 2021 y 2022 y no aprobar incrementos en las retribuciones de la alta dirección durante un periodo de dos años.
Organismo
- Consejería de Desarrollo Autonómico, Comunidad Autónoma de La Rioja.