¿Qué es el CBAM?
El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Emisiones de Carbono (CBAM) es un complemento del Régimen Comunitario de Derechos de Emisión (RCDE). El RCDE ha funcionado hasta la actualidad como sistema de reducción de emisiones de carbono dentro del marco europeo, aplicándose como marco regulador de los costes de carbono asociados a las instalaciones en la UE.
El propósito del CBAM es sustituir gradualmente los mecanismos existentes destinados a abordar el riesgo de "fuga de carbono," (evitar los costos relacionados con las emisiones de CO2 al trasladar su producción a áreas con regulaciones menos rigurosas que las de la Unión Europea).
Así, el Reglamento establecido por el CBAM pretende hacer frente a las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) incorporadas en importaciones de ciertas mercancías y productos en la UE procedentes de países con políticas menos restrictivas en relación con el cambio climático. Esto evitaría que los esfuerzos de la UE en materia de reducción de las emisiones de CO2 se vean contrarrestados.
Esta solución creada por la Comisión Europea obligará a emitir un informe para declarar las emisiones incorporadas en ciertos materiales y productos importados (aquellas emisiones generadas durante su manufactura, transporte, instalación, mantenimiento, y fin de vida) para, posteriormente, someter a estas importaciones a una tasa de carbono que proteja aquellos sectores más amenazados.
¿Qué empresas se verán impactadas?
El CBAM se aplicará inicialmente a empresas y autoridades públicas que realicen importaciones extracomunitarias de materiales, precursores o productos transformados que contengan: cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno.
En el caso de España, por ejemplo, las importaciones de hierro y acero procedentes de países como China o Turquía se verán afectadas por este nuevo mecanismo de control de emisiones, lo que se traduce en un gran impacto en muchos sectores de la economía, como en el sector de la construcción o de la automoción. El aumento de los costes de producción, debido a las tasas implantadas por el CBAM, afectará a la competencia en el mercado doméstico y mundial de aquellas empresas que tienen un mayor volumen de emisiones.
¿Cuáles son las fases y requisitos de aplicación?
Las empresas obligadas a cumplir con los requisitos del CBAM tendrán un periodo de adaptación, puesto que la aplicación de este mecanismo se realizará en 3 fases.
1. Fase transitoria. Del 1 de octubre de 2023 al 31 de diciembre 2025 las empresas impactadas deberán:
2. Aplicación plena. A partir del 1 de enero de 2026 las empresas impactadas deberán:
3. Aplicación en el futuro: está prevista la inclusión de todos los productos detallados en el RCDE para el 2030, como el vidrio, la cerámica o el cartón.
¿Qué debe contener un informe o declaración CBAM?
La declaración anual se presentará en formato de informe y deberá contener:
a) La cantidad total de importación de cada producto expresada en MWh (en el caso de la electricidad) o en toneladas (en el caso de los otros materiales).
b) Las emisiones de CO2 reales incorporadas en los bienes, expresadas en tonelada de CO2 por MWh de electricidad, o tonelada de emisiones de CO2 por cada tonelada del resto de bienes.
c) Las emisiones indirectas de CO2 calculadas según el método de cálculo establecido por el Reglamento CBAM.
d) El precio del carbono en el país de origen para las emisiones incorporadas en los bienes importados.
e) Número total de certificados CBAM. Esto corresponde a todas las emisiones teniendo en cuenta la deducción del precio del carbono pagado en el país de origen y el ajuste para reflejar el reglamento RCDE sobre los derechos de emisión.
Para finalizar la declaración anual, se deberá proceder a la verificación del informe, que deberá realizarse por verificadores acreditados, y de acuerdo con los principios y el contenido detallado en el Reglamento. Se incorporarán todas las copias verificadas junto con el informe.
¿Cómo se presentan los informes CBAM?
La Comisión Europea ha optado por una mayor centralización de los mecanismos de gobierno. Por ello se ha previsto centralizar el registro de los informes, que deberán ser añadidos a la base de datos electrónica del Registro Transitorio CBAM por parte de los declarantes autorizados. Este portal proporcionará herramientas para que las empresas declarantes almacenen información sobre las instalaciones de terceros países y sus emisiones incorporadas para su posterior uso, y facilitar así el cálculo en el futuro.
¿Cómo prepararse?
La preparación por parte de las empresas impactadas por el reglamento requiere de una acción inmediata. A continuación, detallamos los pasos clave a seguir:
1. Contar con un inventario de emisiones corporativas que contemple el alcance 1, 2 y 3. Identificar todas aquellas importaciones que se vean afectadas por el CBAM.
2. Contar con una hoja de ruta para hacer frente a la presentación y verificación de los informes.
Contenido de interés