Análisis de los aspectos relevantes de la Ley 12/2022

Análisis de los aspectos relevantes de La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 600 (Revisada)

Jordi Pérez, Socio de Auditoría de Crowe
27/12/2023
Análisis de los aspectos relevantes de la Ley 12/2022

La semana pasada, se comunicó en la página web del ICAC la Resolución de 20 de diciembre de 2023 de publicación definitiva de la NIA-ES 600 (Revisada), comprendiendo en su difusión: la norma técnica de auditoría, la entrada en vigor, la disposición derogatoria de la Norma Técnica de Auditoría NIA-ES 600 publicada por Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas de 15 de octubre de 2013, así como criterios de interpretación de las Normas Técnicas de Auditoría. La norma, que ya había sido sometida a información pública en el BOICAC de junio de 2023, ha sido aprobada sin modificación respecto al texto inicial publicado.

Mediante Resolución de 15 de octubre de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, se publicaron las Normas Técnicas de Auditoría, resultado de la adaptación de las Normas Internacionales de Auditoría para su aplicación en España (NIA-ES), entre las que se encontraba la NIA-ES 600 "Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de los componentes)".  El IAASB revisó la mencionada norma y emitió, en abril de 2022 - de aplicación a partir de diciembre de 2023-, la NIA 600 (Revisada) que pasó a denominarse "Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes)", resultando sustituida la anterior NIA 600.

En España, se ha procedido a realizar una adaptación de esta norma, por parte del Grupo de Trabajo para la elaboración y publicación de las Normas Técnicas de Auditoría y Normas de Control de Calidad (formado por miembros de las corporaciones REA e Instituto de Censores y el ICAC), bajo la NIA-ES 600 (revisada) Consideraciones especiales – Auditorías de estados financieros de grupos (incluido el trabajo de los auditores de componentes). 

Esta norma tiene entrada en vigor y será de aplicación obligatoria para los auditores de cuentas y sociedades de auditoría en el desarrollo de los trabajos de auditoría de cuentas referidos a cuentas anuales consolidadas o a otros estados financieros o documentos contables consolidados correspondientes a ejercicios económicos que se inicien a partir del 1 de enero de 2024.

A continuación, detallamos algunas de las principales modificaciones de esta norma respecto a la NIA-ES 600 vigente hasta la fecha:

  • Un alcance de la norma mucho más detallado con conceptos como la participación de auditores de componentes y la responsabilidad del socio del encargo del grupo y del auditor del grupo. 
  • Mayores objetivos del auditor tanto en la evaluación de aceptación y continuidad como en la identificación y valoración de riesgos de incorrección material en los estados financieros del grupo.
  • Un nivel de detalle más exhaustivo cuando se considera la participación de auditores de componentes diferentes del auditor del Grupo. Se refuerza el enfoque basado en riesgos, lo que se hace desde: la estrategia y plan de auditoría, el conocimiento del grupo y el entorno, la identificación y valoración de riesgos de incorrección material, la importancia relativa, la respuesta a los riesgos y los hechos posteriores.
  • En lo que se refiere a la participación de los auditores de componentes se separa su trabajo como auditor de componentes con el trabajo que se realiza para cumplir también las necesidades del auditor del grupo. 
  • Se establece el requisito de que el socio del encargo determine que el enfoque en relación con la dirección, supervisión y revisión responde a la naturaleza y a las circunstancias del encargo de auditoría. 
  • Se proporcionan ejemplos de distintos modos en que el socio del encargo del grupo puede asumir la responsabilidad de la dirección y supervisión de los auditores de componentes y de la revisión de su trabajo, y puede ser de utilidad en circunstancias en las que el auditor del grupo prevea utilizar el trabajo de una auditoría de estados financieros de componentes que ya ha sido finalizado.
  • Se fomenta una mayor comunicación por parte del auditor del grupo y una mayor involucración de su participación en el trabajo de la auditoria de los componentes.

Por otra parte, el miércoles pasado también se publicó la Resolución del ICAC de 20 de diciembre de 2023 para información pública de la actualización de las Normas Técnicas de Auditoría (NIA-ES), las Normas de Control de Calidad Interno y el Glosario de Términos.

¿Qué es este documento?

Desde la adopción de las Normas Internacionales de Auditoría en España y su adaptación al marco jurídico nacional en el año 2013, el IAASB ha realizado determinadas modificaciones de las normas que se han ido incorporando por parte del ICAC mediante sendas resoluciones:

Así, y en resumen, se han venido publicado las siguientes resoluciones en los últimos años:

  • Resolución de 26 de octubre de 2011 por la que se publica la Norma de Control de Calidad Interno, modificada por la Resolución de 20 de diciembre de 2013.
  • Resolución de 15 de octubre de 2013 por la que publican nuevas normas técnicas de auditoría, resultado de la adaptación a España de las Normas Internacionales de Auditoria (NIA-ES) a las que se acompañaba un glosario de términos.
  • Resolución de 20 de marzo de 2014 por la que se publicó la Norma Técnica de Auditoría “sobre auditoria de un solo estado financiero”, resultado de la adaptación de la NIA 805 para su aplicación en España (NIA-ES 805).
  • Resolución de 23 de diciembre de 2016 por la que se publica la modificación de determinadas normas y del glosario de términos, con el objetivo de trasladar a España el proceso de revisión realizado por el IAASB relacionado con la emisión y contenido del informe de auditoría de cuentas y la comunicación con el órgano de gobierno de la entidad auditada. En este sentido se revisaron las normas NIA 260, 510, 570, 700, 705, 706, 720 y 805, y se incorporó una nueva norma: la NIA 701 sobre la inclusión en el informe de auditoría de las cuestiones claves de la auditoría realizada.  
  • Resolución de 27 de octubre de 2020 por la que se publica la revisión de la NIA-ES 540 (Revisada) y la NIA-ES 720 (Revisada), para prever el distinto alcance de la revisión a llevar a cabo por parte del auditor de la denominada “otra información.
  • Resolución de 9 de febrero de 2021 por la que se modifica la NIA-ES 700 (revisada), motivada por la obligación de dejar constancia de la verificación del cumplimiento del formato electrónico único europeo.
  • Resolución de 14 de octubre de 2021 por el que se aprueba la adopción de la NIA-ES 250 (revisada), NIA-ES 315 (revisada) y la NIA-ES 610 (revisada).
  • Resolución del 20 de abril de 2022 por las que se publican las normas de gestión de la calidad NIGC-1-ES y NIGC-2-ES, así como la adopción de la NIA-ES 220 (revisada), como consecuencia del proceso de revisión del IAASB de la antigua norma de control de calidad.