Será de aplicación al consultante siempre que se mantengan las mismas circunstancias y no se haya modificado la normativa o la interpretación jurisprudencial del precepto. Facilita el criterio de la Administración Tributaria delante de los hechos y circunstancias asimilables a los incluidos en la respuesta de la consulta vinculante. La Ley de Bases del Ordenamiento Tributario prevé el derecho de los obligados tributarios a formular consultas por escrito a la Administración Tributaria, teniendo la resolución de estas, carácter vinculante para la propia Administración Tributaria respecto a la situación jurídica tributaria del consultante. En este sentido, hace falta tener en cuenta el importante papel que tienen las consultas vinculadas formuladas a la Administración Tributaria dado que el criterio emitido por el Departamento de Tributos y de Fronteras (en adelante DTF) atienden al contenido de la Ley de Bases, la Administración Tributaria cumple con su obligación de difusión pública y efectiva de las respuestas a las consultas tributarias vinculantes mediante la publicación de estas en su página web al inicio de cada trimestre natural.